sábado, 3 de marzo de 2012

Licencias Creative Commons (CC)

Todos deberíamos saber que todos tenemos derechos de autor sobre lo que creamos, sea lo que sea, y que sin necesidad de registrarlo, es de nuestra propiedad intelectual y como autores, tenemos los derechos de explotación.

Bien es verdad que hacer esto en Internet es un poco más difícil. Pero no IMPOSIBLE. Para los que somos legales y queremos mantener nuestro reconocimiento en la red, y trabajamos con internet, debemos conocer, los tipos de licencia de CC.


 *Reconocimiento [By]: Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.

 *Reconocimiento - NoComercial [By-Nc]: Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.


 *Reconocimiento - NoComercial - Compartir-Igual [By-Nc-Sa]: No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

*Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada [By-Nc-Nd]: No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.


 *Reconocimiento - Compartir-Igual [By-Sa]: Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

*Reconocimiento - SinObraDerivada [By-Nd]: Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.



El autor (osea, nosotros) escoge el tipo de licencia y la hace visible en la obra, de cualquiera de las 3 maneras:


- Commons Deed: un primer nivel de lectura "humana", iconográfico (para facilitar su identificación) y bastante atractivo, que describe los usos autorizados por el autor. Este nivel es el más viable y el que caracteriza a estas licencias.

- Legal Code: un segundo nivel de lectura "jurídica" que no deja de ser humana (es la licencia que redactarían un abogado o profesional de la propiedad intelectual).

- Digital Code: un tercer nivel de lectura "tecnológica", sólo comprensible para las máquinas (los programas) y, muy especialmente, para los motores de búsqueda que pueden identificar las obras licenciadas bajo una CC.

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